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El impuesto del 100% para compradores no-UE: qué está pasando realmente

España propuso un recargo del 100% para compradores de vivienda no comunitarios. En marzo de 2026, la propuesta está bloqueada en el Congreso. Lo que significa para los compradores extranjeros.

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El impuesto del 100% para compradores no-UE: qué está pasando realmente

Un año de titulares hizo que pareciera inevitable: España iba a duplicar el coste de comprar una vivienda si tienes pasaporte no comunitario y no resides en España. En marzo de 2026, esa ley no ha avanzado. Aquí tienes una explicación clara de la situación y lo que significa si estás considerando comprar una propiedad en España hoy.

Qué dice realmente la propuesta

En enero de 2025, el presidente del Gobierno Pedro Sánchez anunció un plan para imponer un recargo sobre las compras de vivienda de segunda mano por parte de compradores no comunitarios no residentes. El mecanismo era un nuevo gravamen nacional equivalente al 100% de la base del ITP (Impuesto de Transmisiones Patrimoniales) del inmueble. En la práctica, un comprador que adquiriera una vivienda de segunda mano por 300.000 euros pagaría el tipo autonómico estándar del ITP (normalmente entre el 6 y el 10%, según la comunidad autónoma) más una cantidad adicional equivalente al precio íntegro de compra. El coste total de adquisición podría acercarse a los 600.000 euros, antes de gastos notariales y otros costes.

La propuesta se enmarcó como respuesta a la escasez de vivienda en España y a la visión del Gobierno de que los compradores extranjeros con alto poder adquisitivo elevan los precios por encima del alcance de los residentes locales, especialmente en mercados costeros y urbanos donde se concentra la demanda extranjera.

Por qué no se ha convertido en ley

Según lo informado en marzo de 2026, el proyecto de ley no había sido debatido en el Congreso pese a haberse anunciado catorce meses antes. El Gobierno socialista en minoría depende de una coalición cambiante de partidos menores que apoyan la legislación caso por caso. El partido separatista catalán de derechas Junts, que retiró su apoyo al Gobierno en otras cuestiones, se opone al impuesto. Sin una mayoría estable, el proyecto no puede avanzar.

Cuál es el panorama fiscal actual para compradores no-UE

Nada en el marco fiscal vigente ha cambiado. Los compradores no comunitarios no residentes actualmente pagan los mismos tipos de ITP que el resto: entre el 6% en Madrid y el 10% en varias comunidades como Cataluña y Andalucía. En obra nueva se aplica IVA en lugar de ITP, al tipo general del 10% para vivienda residencial.

Los compradores no-UE que adquieran una propiedad en España sin arrendarla siguen sujetos a un impuesto anual sobre la renta imputada según las normas del IRNR. Se calcula sobre un pequeño porcentaje del valor catastral y suele ascender a unos pocos cientos de euros al año. A menudo se pasa por alto y puede acumular sanciones si no se declara.

La Nota Simple del Registro de la Propiedad sigue siendo el documento más importante antes de cualquier compraventa. Muestra la titularidad actual, las cargas, las hipotecas y los gravámenes inscritos sobre el inmueble.

Qué significa esto para los compradores

La posición práctica para los compradores no-UE en abril de 2026 es esta: el recargo del 100% no es ley, no ha sido debatido y se enfrenta a obstáculos parlamentarios significativos. Las normas fiscales actuales no han cambiado. Eso no significa que la propuesta esté muerta. Antes de comprometerte con una propiedad, solicita la Nota Simple, confirma la referencia catastral y analiza el inmueble con AiMYNDi para detectar automáticamente cualquier carga registrada o discrepancia entre el anuncio y el registro oficial.

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